Determina si debes pagar algĆŗn Impuesto al vender tu vivienda o inmueble
Si tienes pensado vender un inmueble que posees, el vendedor puede preguntarse si debe pagar algĆŗn impuesto por la compraventa de su propiedad, este es el impuesto a la renta de segunda categorĆa. Es una de las preocupaciones de los vendedores, para la toma de decisión de venta de su propiedad.
EnĀ Ventas Primeras InmobiliariaĀ te ayudamos a conocer y saber si te corresponde hacer el pago de impuesto a la renta por la venta de algĆŗn inmueble, la cual se deberĆ” realizar a la transferencia de compraventa del inmueble.
¿Qué es el Impuesto a la Renta ?
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¿Qué inmuebles no estÔn obligados a pagar el impuesto por la venta?

Si estĆ”s exonerado al pago la forma de sustentar es presentado una declaración jurada (Formulario de exoneración) ante notario.Ā Formulario de no encontrarse obligado a efectuar el pago del Impuesto a la Renta de segunda categorĆa (Formulario de Exoneración).Ā (DESCARGARLO AQUĆ) Ā
¿Cómo se cÔlcula el monto del impuesto a la renta?
Cuando se realice la venta de un inmueble. Se debe pagar el impuesto a la renta equivalente al 5% de la ganancia obtenida por la venta, que se consigue:Ā

Valor de Venta (PV): Es el valor de venta de la propiedad. Se debe considerar que ademÔs se tienen el valor de adquisición que es diferente al costo computable o valor actualizado. AdemÔs, tener en cuenta que en caso la venta es en dólares u otra moneda extranjera, deberÔ realizarse la conversión con el tipo de cambio vigente de compra y publicado por la SBS a la fecha en que se firmó el contrato de compra venta (minuta). Este valor no podrÔ ser menor al valor del autovalúo fijado por la Municipalidad.
Ćndice de Corrección Monetaria (ICM) o Factor de Reajuste:Ā Es el Ćndice para efectos de la declaración y pago de Impuesto a la Renta lo establece el Ministerio de EconomĆa y Finanzas (MEF). Considerado segĆŗn el mes y aƱo de adquisición del inmueble. Este el es Indice
Ganancia de Capital: Es el monto que se obtiene por la venta del inmueble (PV) entre la diferencia entre en cuanto lo compro y en cuanto lo vendo. Sin embargo, si el precio de venta es menor al valor de adquisición (PC) existirÔ una pérdida de capital, por lo que estÔ exonerado del pago del impuesto la renta.

Pago y declaración del Impuesto a la Renta (IR)
Si tienes que pagar el impuesto es requisito previo para la declaración y pago de este impuesto. El obtener previamente el vendedor su número de RUC en la SUNAT.
El pago de este impuesto es requisito previo en notaria, se debe realizar tras la firma de la minuta como requisito para la firma de la Escritura Pública por la venta del inmueble. En caso que este exonerado deberÔ presentarse una declaración jurada. (Descarga aquà el Formulario de Exoneración de Pago de Impuesto)


¿Qué es Vendedor habitual?

Al realizar la venta de una propiedad, la tasa del Impuesto a la Renta es del 5% sobre la venta de inmuebles. Esta tasa del 5%, solo es para las dos primeras ventas de inmuebles realizadas en el aƱo en curso. En donde a partir de la tercera venta de inmueble en el mismo aƱo, serĆ” considerada en el marco de la āHabitualidadā. CalificĆ”ndose como renta de tercera categorĆa, pasando a pagar la tasa de 29,5%, es un pago que estĆ” aplicada a las empresas constructoras.
Ejemplo:
ĀæEs considerado venta habitual la venta de inmuebles ubicados en el mismo edificio? Al vender un departamento, dos cocheras y un depósito de mi propiedad en el mismo edificio, siendo 4 inmuebles. Ā
La respuesta es No. Si los inmuebles estÔn ubicados en una misma edificación, no estÔn considerados como habitualidad. Ya que estÔ en el Régimen de Unidades Inmobiliarias de Propiedad Exclusiva y de Propiedad Común.
De manera que en VentasPrimeras Inmobiliaria te brinda una forma diferente de conocer y asesorĆa personalizada. ContĆ”ctenos mediantes algunos de nuestros agentes inmobiliarios. Que lo asesorarĆ”n de manera personalizada en todas las ramas del sector inmobiliario como en la bĆŗsqueda de su inmueble ideal. Encuentra un Consultor.