Determina si debes pagar algún Impuesto al vender tu vivienda o inmueble
Si tienes pensado vender un inmueble que posees, el vendedor puede preguntarse si debe pagar algún impuesto por la compraventa de su propiedad, este es el impuesto a la renta de segunda categoría. Es una de las preocupaciones de los vendedores, para la toma de decisión de venta de su propiedad.
En Ventas Primeras Inmobiliaria te ayudamos a conocer y saber si te corresponde hacer el pago de impuesto a la renta por la venta de algún inmueble, la cual se deberá realizar a la transferencia de compraventa del inmueble.
¿Qué es el Impuesto a la Renta ?
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¿Qué inmuebles no están obligados a pagar el impuesto por la venta?

Si estás exonerado al pago la forma de sustentar es presentado una declaración jurada (Formulario de exoneración) ante notario. Formulario de no encontrarse obligado a efectuar el pago del Impuesto a la Renta de segunda categoría (Formulario de Exoneración). (DESCARGARLO AQUÍ)
¿Cómo se cálcula el monto del impuesto a la renta?
Cuando se realice la venta de un inmueble. Se debe pagar el impuesto a la renta equivalente al 5% de la ganancia obtenida por la venta, que se consigue:

Valor de Venta (PV): Es el valor de venta de la propiedad. Se debe considerar que además se tienen el valor de adquisición que es diferente al costo computable o valor actualizado. Además, tener en cuenta que en caso la venta es en dólares u otra moneda extranjera, deberá realizarse la conversión con el tipo de cambio vigente de compra y publicado por la SBS a la fecha en que se firmó el contrato de compra venta (minuta). Este valor no podrá ser menor al valor del autovalúo fijado por la Municipalidad.
Índice de Corrección Monetaria (ICM) o Factor de Reajuste: Es el Índice para efectos de la declaración y pago de Impuesto a la Renta lo establece el Ministerio de Economía y Finanzas (MEF). Considerado según el mes y año de adquisición del inmueble. Este el es Indice
Ganancia de Capital: Es el monto que se obtiene por la venta del inmueble (PV) entre la diferencia entre en cuanto lo compro y en cuanto lo vendo. Sin embargo, si el precio de venta es menor al valor de adquisición (PC) existirá una pérdida de capital, por lo que está exonerado del pago del impuesto la renta.

Pago y declaración del Impuesto a la Renta (IR)
Si tienes que pagar el impuesto es requisito previo para la declaración y pago de este impuesto. El obtener previamente el vendedor su número de RUC en la SUNAT.
El pago de este impuesto es requisito previo en notaria, se debe realizar tras la firma de la minuta como requisito para la firma de la Escritura Pública por la venta del inmueble. En caso que este exonerado deberá presentarse una declaración jurada. (Descarga aquí el Formulario de Exoneración de Pago de Impuesto)


¿Qué es Vendedor habitual?

Al realizar la venta de una propiedad, la tasa del Impuesto a la Renta es del 5% sobre la venta de inmuebles. Esta tasa del 5%, solo es para las dos primeras ventas de inmuebles realizadas en el año en curso. En donde a partir de la tercera venta de inmueble en el mismo año, será considerada en el marco de la “Habitualidad”. Calificándose como renta de tercera categoría, pasando a pagar la tasa de 29,5%, es un pago que está aplicada a las empresas constructoras.
Ejemplo:
¿Es considerado venta habitual la venta de inmuebles ubicados en el mismo edificio? Al vender un departamento, dos cocheras y un depósito de mi propiedad en el mismo edificio, siendo 4 inmuebles.
La respuesta es No. Si los inmuebles están ubicados en una misma edificación, no están considerados como habitualidad. Ya que está en el Régimen de Unidades Inmobiliarias de Propiedad Exclusiva y de Propiedad Común.
De manera que en VentasPrimeras Inmobiliaria te brinda una forma diferente de conocer y asesoría personalizada. Contáctenos mediantes algunos de nuestros agentes inmobiliarios. Que lo asesorarán de manera personalizada en todas las ramas del sector inmobiliario como en la búsqueda de su inmueble ideal. Encuentra un Consultor.