Sucesión Intestada o Declaratoria de Herederos
única opción que acredita la condición de Heredero
Actualmente, con la coyuntura sanitaria que atraviesa nuestro País con la pandemia del Coronavirus. Además de considerar que somos un país en donde sus ciudadanos no prevee en dejar en vida el testamento anticipado. De modo que es necesario y común realizar este trámite de sucesión intestada o herencia sin testamento. Esto, con el fin de poder identificar y acreditar quienes son los herederos legales. De esta manera evitar futuros problemas y conflictos con familiares.
Si te ha interesado el artículo, al leer el título, o porque realizaste una búsqueda en internet por curiosidad o porque deseas conocer más del tema. Las siguientes líneas te interesaran.
Aquí, te vamos a resolver algunas de tus dudas sobre “la sucesión intestada o herencia sin dejar testamento en vida”, en caso que un familiar fallezca. Toda la información que necesitas esta aquí.
Comentar que el trámite es fácil, para lo cual es importante tener los documentos sustentatorios (requisitos) para poder realizar el trámite de la sucesión intestada.
¿Qué es Herencia?
Derecho a Heredar

¿Qué es la sucesión intestada?
o Declaratoria de Herederos

¿Para qué sirve el trámite de sucesión intestada?

¿Cuales son los requisitos para solicitar una Sucesión Intestada?
Documentos a presentar
La solicitud de sucesión intestada, debe estar firmada por el heredero y autorizada por un abogado.

¿Quién tramita el Testamento?
¿CÓMO TRAMITAR UNA SUCESIÓN INTESTADA o DECLARATORIA DE HEREDEROS?

Infografía de “SUNARP”
¿Cómo se reparte la herencia?
Ordenes de Sucesión
La solicitud de sucesión intestada, debe estar firmada por el heredero y autorizada por un abogado.
Existe un orden de llamada a heredar (quienes heredará en primer lugar) de acuerdo a los grados de prioridades que la ley otorga. Teniéndose dos tipos de herederos importantes:

“Herederos Forzosos” Son del orden del primer grupo los hijos, nietos y demás descendientes, los padres, abuelos y demás ascendientes, y cónyuge o el integrante sobreviviente de la unión de hecho.
“Herederos Legales” Son de segundo grupo están considerados a los otros familiares de sangre del fallecido como son los hermanos, tíos y sobrinos. Siempre y cuando no existan herederos forzosos.
Procedimiento de la Declaratorio de Herederos
Como realizarlo
Antes de obtener la decisión definitiva del notario o juez como medida de prevención, se manda a publicar la sucesión intestada en el Diario Oficial El Peruano y en otro periódico de mayor circulación. Con el fin que si alguna persona considere tener derecho de considerarse heredero, puedan tomar conocimiento y exigir su inclusión en la sucesión.
Actualmente es un tramite presencial, pero existe un proyecto presentado el 26 de mayo el Proyecto de ley 5361/2020-CR, para solicitar un procedimiento virtual temporal de sucesión intestada con vigencia, para el caso de personas fallecidas en el año 2020.
Después de 15 días útiles notarialmente o 30 días calendarios al realizarlo vía judicial, el notario podrá declarar a los herederos que han podido demostrar su relación con el fallecido o difunto.
➡ INSCRIPCIÓN DE LA DECLARATORIA DE HEREDEROS
Finalmente se debe inscribir el acta notarial o sentencia/resolución judicial de la sucesión intestada, donde se declaran a los herederos. Donde esta inscripción de Sucesión Intestada (declaratoria de herederos) se realizará en la SUNARP. Los documentos serán revisados por el registrador público, para su evaluación.
De manera que con la aprobación se procederá a la inscripción del registro de nueva partida registral declarando formalmente a los herederos.
Si existiesen propiedades a nombre del Fallecido. Se deberá inscribir la sucesión en todas las propiedades registrales a nombre del fallecido.
¿Cómo solicitar certificado positivo o negativo de sucesión intestada?
Certificados
Se puede solicitar los certificados positivo (si existe la sucesión inscrita en SUNARP) y certificado negativo (si no existe inscrita sucesuón en SUNARP). Para eso, debes seguir los siguientes pasos:
- Ingresar a SUNARP vía web, colocando tu usuario y contraseñ. Ingresa Aqui https://bit.ly/SunarpWeb
- Buscar la opción “Solicitar publicidad certificada (vigencias, CRI, etc)
- Escoger en Registro Juídico: “Registro de personas naturales”
- Escoger en Tipo de Servicio: “certificado positivo o negativo de sucesión intestada”
- Llenar los datos registrales del difunto/fallecido y para finalizar dar clip en “Solicitar”
- Se debe pagar una tasa de S/11 vía Tarjeta de Debito o Tarjeta de Crédito
- La constancia y certificado llegara a su correo, en donde podrán hacer el seguimiento del tramite y también se podrá descargarlo
- El plazo máximo de envio del certificado de Sunarp al correo es de 3 días hábiles.
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